Desde G|R|A CONSULTORES ponemos a su disposición la información referente al Formulario de prestación por  maternidad y paternidad y su consecuente devolución en IRPF, que puede presentarse por Internet con número de referencia, Cl@vePIN o certificado electrónico.

Al presentar el formulario se acelera la tramitación de la devolución del IRPF satisfecho en exceso por haber declarado como no exenta la prestación por maternidad y paternidad.

Tenga en cuenta al rellenar el formulario:

A la hora de realizar dicha presentación tenga en cuenta también lo siguiente:

  • No es preciso aportar el certificado de la Seguridad Social acreditativo de la prestación percibida (la AEAT ya dispone de dicha información).
  • El formulario actual sólo permite rectificar y recuperar el IRPF satisfecho en exceso de 2014 y 2015. Está previsto que a partir del próximo mes de enero ya pueda utilizarse también para solicitar la devolución del IRPF de 2016 y 2017.
  • Si se percibió la prestación en dos años diferentes (por ejemplo, entre noviembre de 2014 y febrero de 2015), al presentar el formulario deben marcarse ambos años.

Consúltenos para cualquier duda, encantados de poder asesorarle.