Desde G|R|A CONSULTORES informamos que la Agencia tributaria recuerda a los dueños de apartamentos turísticos las obligaciones tributarias que tienen, tanto el tiempo en el que tengan arrendado el inmueble como cuando esté vacía como renta inmobiliaria.

El organismo en una nota informativa indica la tributación de alquileres turísticos. Hacienda también recuerda que los arrendadores de apartamentos turísticos deben darse de alta en el Impuesto sobre actividades económicas y que los rendimientos derivados del alquiler tendrán la consideración de rendimientos de capital inmobiliario, sin que resulte aplicable la reducción del 60%.

Para más información puede consultar el siguiente artículo de europapress.es