Las operaciones vinculadas son aquellas que una empresa realiza con personas o entidades con las que tiene una relación especial. Este tipo de operaciones incluye, por ejemplo, transacciones con otras sociedades del mismo grupo, con socios que tienen una participación igual o superior al 25%, o bien con familiares de estos socios hasta el tercer grado.
Es importante que estas operaciones se valoren a precios de mercado para garantizar la transparencia y la equidad fiscal. Sin embargo, en algunos casos no solo es suficiente con valorarlas adecuadamente, sino que también es necesario documentarlas e informar a Hacienda. ¿En qué supuestos es necesario?
Obligación de documentar
- Umbral de 250.000 euros:
Si una empresa ha realizado operaciones con una misma persona o entidad vinculada cuyo importe total sea igual o superior a los 250.000 euros durante el ejercicio, será necesario preparar un dossier detallado. Este dossier debe describir la naturaleza y la valoración asignada a dichas operaciones, justificando que esta valoración se corresponde con lo que pagarían partes independientes en condiciones similares.
- Excepción para grupos fiscales consolidados:
Si la empresa forma parte de un grupo acogido al régimen de consolidación fiscal, no será necesario confeccionar este dossier para las operaciones realizadas con otras sociedades del mismo grupo fiscal.
- Conservación y presentación del dossier
El dossier no necesita presentarse de forma efectiva, pero debe estar disponible por si Hacienda lo solicita. Hacienda puede requerir este documento a partir de la finalización del plazo voluntario de presentación del Impuesto sobre Sociedades (IS). En el caso de que el ejercicio social de la empresa coincida con el año natural, esta fecha es el 26 de julio de cada año.
- Formulario de operaciones vinculadas (FOV):
Para empresas de reducida dimensión, existe la posibilidad de presentar electrónicamente el Formulario de Operaciones Vinculadas (FOV), que sustituye al dossier mencionado. Este formulario se puede acceder a través del “Servicio de tramitación de declaración” (Sociedades WEB), y debe presentarse junto con la declaración del IS del ejercicio.
Modelo 232: declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones con paraísos fiscales
Además de la documentación requerida, las operaciones sujetas a la obligación de documentación deben declararse a través del modelo relacionado con la declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.
Este modelo debe presentarse en el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Por ejemplo, si el ejercicio social de la empresa coincide con el año natural, la presentación deberá realizarse en el mes de noviembre.
Además de las operaciones que superan los 250.000 euros anuales con la misma persona vinculada, el modelo 232 debe incluir:
- Operaciones específicas. Operaciones vinculadas que, en conjunto, superen los 100.000 euros, como la venta de inmuebles o participaciones y operaciones con intangibles.
- Operaciones relevantes. Operaciones vinculadas del mismo tipo y método de valoración que, en conjunto, excedan el 50% de la cifra de negocios de la empresa, sin importar su importe individual.
- Patent box. Operaciones en las que se haya aplicado la reducción por patent box (incentivo por cesión de patentes), independientemente del importe.
- Paraísos fiscales. Operaciones realizadas con entidades domiciliadas en países o territorios considerados paraísos fiscales, sin importar el importe y con independencia de la vinculación.
Empresas de reducida dimensión
Para las empresas de reducida dimensión, la presentación del formulario FOV junto con la declaración del IS cubre la obligación de documentar las operaciones vinculadas. Sin embargo, estas empresas también deben presentar el modelo 232 en noviembre para cumplir con las obligaciones de información adicional.
Cumplir con estas obligaciones de documentación e información es esencial para evitar sanciones y asegurar la transparencia en las relaciones fiscales de una empresa. Por ello, desde GRA Consultores recomendamos revisar detalladamente las operaciones vinculadas realizadas durante el ejercicio y asegurarse de que cumplan con la normativa vigente.