G|R|A CONSULTORES informa sobre el ejercicio del derecho a deducción del IVA.
Según indica la ley, para poder compensar un exceso de cuotas soportadas de IVA, es necesario que se produzca previamente la presentación de la declaración-liquidación, en la que se ha generado dicho exceso.
Para información detallada y conocer los requisitos formales acceda: elderecho.com