Disolución y Liquidación de Empresas

Desde G|R|A Consultores presentamos nuestros servicios especializados en Derecho Mercantil para la disolución y liquidación de empresas, incluyendo aquellas que están obligadas a comenzar un concurso de acreedores.

Disolución de la empresa: requisitos para su viabilidad

La disolución de una empresa, puede darse siempre que sea por causas que hayan sido estipuladas en los propios Estatutos. Además, debemos atender a los requisitos que se marcan en la normativa, en este caso en el Real Decreto Legislativo de 1/2021 sobre Ley de Sociedades de Capital. Para liquidar la sociedad y formalizar el proceso, debe inscribirse en el Registro Mercantil en concepto de proceso de liquidación de sociedad.

Algunas de las causas suelen ser:

  • Cese del ejercicio de la actividad para la que residía el objeto social.
  • Imposibilidad de realizar el fin que marcaba ese objeto social.
  • Pérdidas insostenibles (patrimonio neto menor al 50% del capital social) o que reduzcan ese capital a valores por debajo del mínimo legal.
  • Causas de pleno derecho
  • Otras causas determinadas en estatutos.

Te ayudamos con la liquidación de empresas

Abogados laboralistas para liquidar sociedad

Muchas empresas optan por delegar en liquidadores de la sociedad para la mejor gestión del proceso y, de esta manera, velar por la integridad del patrimonio social mientras no se ejecute la liquidación, realizar los trámites necesarios para la disolución de la empresa, cobrar créditos, pago de deudas y cualquier otra acción necesaria para llevar a cabo con éxito el proceso de disolución de la sociedad limitada, sociedad anónima o cualquier otro tipo de sociedad.

Para la aprobación de todos los documentos del informe de liquidación y el balance final, debe celebrarse una Junta General de socios. Todos perciben un informe integral de las operaciones que se producen para la liquidación final de la empresa. Se propondrá la división del patrimonio restante entre los socios siguiendo lo dictado en los Estatutos. Todo esto debe contar con la aprobación para poder realizar la inscripción en el Registro Mercantil.

Finalmente, deben abonarse las cuotas de liquidación que deben pagar los socios en base al importe recibido cuando se ejecuta la disolución, debiendo abonar el 1%.