G|R|A Consultores en este artículo nos muestra la diferencia entre infracción y delito.

Los autónomos tienen que cumplir con una serie de obligaciones fiscales que en ocasiones se eluden. Lo que muchos no saben es dónde está la diferencia entre una infracción y un delito penal. Para que se produzca una infracción tributaria, el autónomo tiene que haber llevado a cabo de forma voluntaria una acción que sea un acto tipificado y descrito en la normativa como sancionable, que la sanción que acarrea la acción esté prevista y que se demuestre que se han llevado una serie de actuaciones con la intención de incumplir las normas. Estos actos se pueden convertir en un delito fiscal cuando el importe defraudado a la Hacienda Pública sea superior a 120.000 euros.

Para información en detalle puede consultar: www.autonomosyemprendedor.es