Si usted está de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos debe saber que puede solicitar el cambio de su base de cotización en dos plazos a lo largo del año, el primero de ellos antes del 1 de mayo, con efectos a partir del 1 de julio, y el segundo antes del 1 de noviembre, con efectos a partir del 1 de enero del año siguiente. Recuerde que para este año 2017 la base mínima es de cotización es de 893,10 euros (excepto Autónomos societarios, que se sitúa en 1.152,90 euros) y la máxima, de 3.751,20 euros.
Sin embargo, a efectos de alcanzar la base máxima, deberá tener en cuenta lo siguiente. Si a 1 de enero de 2017 usted tenía 47 años y su base era inferior a 1.964,70 euros, su base máxima en 2017 será de 1.964,70 euros, salvo que solicite una base superior antes del 30 de junio, situación que surtirá efectos a partir del 1 de julio.
Por tanto, si usted tiene 47 años, se encuentra en esta situación y quiere tener una base más elevada de la que tiene en la actualidad, debe saber que siempre que realice el cambio antes del próximo 30 de junio podrá optar por una base superior a los 1.964,70 euros.
Tanto para su tramitación como si usted tiene cualquier duda al respecto, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Dpto. Laboral