La Agencia Tributaria habilitará el próximo 20 de marzo un formulario para que los pensionistas que realizaron en el pasado aportaciones a mutualidades laborales puedan solicitar a Hacienda la devolución del IRPF. Fuentes de esta administración aseguran que están trabajando «de forma coordinada» con la Seguridad Social y otros organismos para atender estas reclamaciones «a la mayor brevedad posible y con los menores inconvenientes para los ciudadanos».

La medida se toma después de que una sentencia del Tribunal Supremo diera la razón a un jubilado del sector bancario que pedía que parte de su pensión, ligada a las aportaciones que realizó entre 1969 y 1979 a la Mutualidad Laboral de Banca, no tributase en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

El Alto Tribunal se pronunció sobre un recurso en el que se buscaba saber si esas aportaciones tenían naturaleza de cotizaciones a la Seguridad Social o de aportaciones a un contrato de seguro concertado con mutualidades de previsión social.

También se pretendía aclarar si se aplicaba la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, de 28 noviembre, del IPRF a su pensión pública por jubilación cuando se habían realizado aportaciones a esta mutualidad, precisando si se debía integrar, en la base imponible del IRPF, el 100% del importe percibido como rendimientos del trabajo o, en cambio, integrarse, en la base imponible del impuesto, el 75% de las prestaciones por jubilación o invalidez percibidas.

Para el Supremo, los ingresos aportados por los mutualistas para cubrir la contingencia de jubilación tienen la naturaleza de cotizaciones a la Seguridad Social y eso a pesar de que desde el 1 de enero de 1967 la Mutualidad Laboral de Banca (entidad dependiente del Ministerio de Trabajo y cuya afiliación a la misma era obligatoria para empresas y empleados) se convirtiese en una entidad gestora de la Seguridad Social.

Tanto el formulario de solicitud como la información relativa a este proceso se pondrá a disposición de los interesados a través de la Sede electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es).

Este formulario se podrá utilizar para solicitar todas las devoluciones correspondientes al período 2019-2023, si bien para 2023, en la mayoría de los casos el cálculo ya aparecerá en Renta Web y el ajuste se aplicará automáticamente en la declaración.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.